Sin modificaciones en el mínimo no imponible para la cuarta categoría, a partir de mañana comienzan a operar los vencimientos anuales en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, recordó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según los tributaristas consultados por LA GACETA los contribuyentes han tenido un tiempo disponible exiguo (menos de 30 días corridos) para la presentación de las declaraciones juradas. "Esto trae, como consecuencia, que no se puedan conocer de forma correcta el uso del aplicativo puesto a disposición por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para la elaboración de aquellas declaraciones juradas", indica Agustín Zeppa, coordinador de la Comisión de Estudio, Asesoramiento y Extensión Técnico-cientifíco del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Tucumán.  

 El nuevo vencimiento, según el experto, llega con un cambio del concepto o espíritu del Impuesto a las Ganancias. "Antes, los mínimos eran más cercanos a la realidad del gasto que se necesita para el mantenimiento de la familia y propio. El impuesto era realmente sobre las Ganancias Netas. En cambio, ahora se ha transformado en impuesto al Consumo, ya que se debe pagar un porcentaje de lo consumido para el mantenimiento de la familia y propio", puntualiza Zeppa.

En igual sentido, el especialista Luis María Peña sostiene que, al no haber sido actualizado el mínimo no imponible, insólitamente Ganancias termina perjudicando a los que no tienen una renta o ganancia propiamente dicha, sino que poseen ingresos producto del esfuerzo y sudor de su trabajo. "Hubo una serie de aumentos de tasas, impuestos e inflación que se fueron acumulando y, sin embargo, el Gobierno aún no ajustó el mínimo no imponible", indica. Según Peña, el Ejecutivo no quiere tocar nada con el fin de no mermar la recaudación fiscal. "Antológicamente, Ganancias era el impuesto más progresivo de todos: pagaba más el que más tenía; ahora los asalariados o los que menos tienen son los que más lo padecen: son esclavos del impuesto, porque no tienen posibilidades de evadirlo, ya que se les retiene desde la fuente, desde el salario", señala. 
Según las proyecciones de los expertos, actualmente alrededor de tres millones de contribuyentes están alcanzados por Ganancias. Esa cifra equivale a la mitad de los trabajadores registrados en el sector privado de la Argentina. 

Procedimiento especial
Desde 2008, antes del 30 de junio, quienes perciban sus ingresos exclusivamente de relación de dependencia, deberán presentar ante la AFIP las declaraciones juradas anuales en el Impuesto a las Ganancias y en Bienes Personales cumpliendo con un procedimiento especial, explica Zeppa.

Según el profesional, las autoridades fiscales determinaron que los empleados que superen los $ 11.075 brutos mensuales ($ 144.000 anuales), y en la medida que esos ingresos sean provenientes exclusivamente del trabajo dependiente, deberán realizar una presentación simplificada en Ganancias.

La obligación sólo refiere a la presentación ya que, esos empleados pagan el tributo mes a mes a través del mecanismo de retenciones de Ganancias sobre sueldos que reduce el salario de bolsillo cobrado.

"Pero esto no es todo. Complementariamente, aquellos que ganan a partir de $ 7.385 brutos al mes ($ 96.000 anuales) también deberán atender otra obligación tributaria", manifiesta. Puntualmente, tendrán que presentar la declaración del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al año pasado. También los contribuyentes autónomos que obtengan ingresos por cualquier actividad (excepto que se hubieran adherido al monotributo, incluyendo los ingresos obtenidos por todas sus actividades autónomas".